deben pagar el bono a los encargados, pero no tendrán ningún reintegro
A diferencia de las microempresas, los consorcios de los edificios de propiedad horizontal no pueden computar a cuenta del pago de las contribuciones patronales los bonos de $ 60.000 en dos cuotas de $ 30.000 cada una que deben pagar a los trabajadores del sector (por ejemplo, los encargados).
Los consorcios no son empresas, sino “personas jurídicas sin fines de lucro” que administran los gastos de los edificios y que son empleadores que en general tienen menos trabajadores que una microempresa.
Al no estar incluidos como las micropymes en el reintegro del 100% de las contribuciones patronales, el bono encarecerá las expensas que deben pagar los propietarios muy por encima de la propia inflación.
Los consorcios tampoco pueden aplicar el 30% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales, como rige para las micropymes.
La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias señala que las micro y pequeñas empresas pueden compensar en un 100% el bono o “adicional no remunerativo” de las sumas que deban abonar con las contribuciones patronales a la seguridad social. Y en el caso de las pymes, esa compensación será del 50%.
Según el titular de la AFIP, Carlos Castagneto, sobre un total de 5.500.000 de trabajadores alcanzados por esta medida (deben cobrar menos de $ 400.000), el 100% de la absorción de las contribuciones abarca a 302.044 microempresas que emplean 1.263.638 trabajadores, y el 50% a 48.273 pequeñas empresas que emplean 1.186.921 trabajadores.
Bono para empleadas domésticas
En el caso del bono de $ 25.000 en dos cuotas para el Personal de Casas Particulares, que debe abonarse en forma proporcional a los horas semanales trabajadas, los empleadores que no fueron alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el Ejercicio Fiscal 2022 y que hayan percibido ingresos netos en el mes agosto de 2023 por un monto inferior a $1.500.000 podrán solicitar el reintegro de hasta 50 % de lo abonado
En tanto, 1.829.544 monotributistas de las categorías A, B, C y D no pagarán el componente impositivo de los próximos 6 meses. En ese caso, en la categoría A que es la más baja, el monto impositivo es de $ 496. En la B, $ 957; en la C, $ 1.636 y en la D, 2.689.
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